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RESOLUCIÓN CREG 101 120 DE 2026


RESOLUCIÓN CREG 101 120 DE 2026: CONOCE CÓMO FUNCIONA EL PROGRAMA TRANSITORIO DE INCENTIVOS AL USO EFICIENTE DE ENERGÍA


La CREG implementó un programa temporal que establece metas individuales de consumo y contempla posibles beneficios o cobros adicionales según el consumo de energía de cada usuario.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución CREG 101 120 de 2026, mediante la cual creó el Programa Transitorio de Incentivos al Uso Eficiente de Energía, orientado a promover el consumo eficiente y contribuir a reducir la demanda durante periodos de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro eléctrico.

Posteriormente, la Resolución CREG 101 126 de 2026 modificó aspectos relacionados con el inicio del programa, el primer ciclo y los usuarios ubicados en municipios afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.

A continuación, te contamos los aspectos más importantes.

¿QUÉ ES EL PROGRAMA TRANSITORIO DE INCENTIVOS AL USO EFICIENTE DE ENERGÍA?

Es un programa temporal que compara el consumo de energía de cada usuario con una meta individual de consumo, calculada a partir de su historial de los últimos 12 meses.

Su objetivo es incentivar el uso eficiente de la energía sin modificar la tarifa vigente del servicio.

¿CÓMO SE CALCULA TU META DE CONSUMO?

Cada usuario tendrá una meta personalizada, calculada con base en su comportamiento histórico de consumo.

Durante el programa, el consumo de cada periodo se comparará con esta meta para determinar si se encuentra en una zona de beneficio, banda neutral o zona de cobro adicional.

¿QUÉ PASA SEGÚN TU CONSUMO?

Menos del 90 % de tu meta

Si consumes menos del 90 % de tu meta y cumples las condiciones establecidas por la CREG, podrías recibir un beneficio económico.

Entre el 90 % y el 110 % de tu meta

Corresponde a la banda neutral: no se generan beneficios ni cobros adicionales por el programa.

Más del 110 % de tu meta

Si superas el 110 % de tu meta, el consumo excedente estará sujeto a un cobro adicional, cuyo factor dependerá del tipo de usuario definido por la regulación.

¿LA TARIFA DE ENERGÍA CAMBIA?

No. La Resolución CREG 101 120 de 2026 no modifica la tarifa del servicio.

Los cobros adicionales, cuando correspondan, hacen parte del programa y se calculan sobre el consumo excedente, de acuerdo con las condiciones establecidas por la CREG.

¿EL PROGRAMA ES AUTOMÁTICO?

Sí. Los usuarios a quienes aplica la resolución no necesitan inscribirse ni realizar una solicitud para participar.

¿CUÁNDO INICIA Y CUÁNTO DURA EL PROGRAMA?

La Resolución CREG 101 120 de 2026 había establecido inicialmente el 15 de agosto de 2026 como fecha de inicio. Posteriormente, la CREG modificó esta disposición mediante la Resolución CREG 101 126 de 2026.

De acuerdo con esta actualización, el programa inicia el quinto (5.º) día hábil contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución CREG 101 126 de 2026 en el Diario Oficial.

El programa tendrá una duración inicial de seis (6) meses y podrá prorrogarse por periodos de hasta seis meses mientras persistan las condiciones que justifican la medida. La CREG también podrá finalizarlo anticipadamente.

Los beneficios se liquidarán al cierre de cada periodo correspondiente.

¿QUÉ PASA DURANTE EL PRIMER CICLO?

El primer ciclo de lectura cuya fecha de finalización sea igual o posterior al inicio del programa tendrá carácter pedagógico.

Si durante este ciclo se calcula un cobro adicional, será únicamente informativo y no deberá pagarse. Los cobros comenzarán a aplicarse, cuando correspondan, a partir del ciclo inmediatamente siguiente.

Si durante el primer ciclo se genera consumo ahorrado reconocido, este sí será contabilizado y acumulado conforme a las reglas del programa.

¿CÓMO SE FINANCIAN LOS BENEFICIOS?

El programa es autofinanciado: los recursos provenientes de los cobros adicionales financian los beneficios de los usuarios que reduzcan su consumo y cumplan las condiciones establecidas.

El comercializador no recibe ingresos adicionales por la aplicación del programa.

¿A QUIÉNES NO APLICA?

La regulación establece diferentes exclusiones, entre ellas:

  • Usuarios con medida prepago. 
  • Usuarios con consumo estimado. 
  • Instituciones de salud y hospitales. 
  • Centros educativos. 
  • Entidades oficiales. 
  • Usuarios autogeneradores y otros casos definidos por la CREG. 
  • Usuarios regulados ubicados en municipios identificados oficialmente por la UNGRD como afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026. 


¿QUÉ PASA CON LOS USUARIOS UBICADOS EN MUNICIPIOS AFECTADOS POR EL SISMO?

El programa no aplica a los usuarios regulados ubicados en municipios identificados oficialmente por la UNGRD como afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.

Esta exclusión operará, como mínimo, durante el primer periodo de liquidación del programa, inicialmente de seis meses. Durante este tiempo, los usuarios excluidos no estarán sujetos a cobros adicionales ni serán beneficiarios del programa.

Si un municipio es identificado posteriormente como afectado y ya se habían facturado cobros adicionales, estos deberán refacturarse. Si el usuario ya pagó, el valor se reconocerá como saldo a favor en la siguiente factura; si aún no lo ha pagado, el cobro no podrá exigirse.

La finalización de esta exclusión deberá ser aprobada por la CREG.

LO MÁS IMPORTANTE QUE DEBES RECORDAR

  • Cada usuario tendrá una meta individual de consumo. 
  • Entre el 90 % y el 110 % de la meta se encuentra la banda neutral. 
  • Superar el 110 % puede generar un cobro adicional sobre el consumo excedente. 
  • Consumir menos del 90 % y cumplir las condiciones del programa podría generar un beneficio económico. 
  • El primer ciclo es pedagógico y los cobros adicionales calculados durante este serán informativos. 
  • Los usuarios regulados ubicados en municipios oficialmente identificados por la UNGRD como afectados por el sismo estarán excluidos durante el periodo establecido. 
  • El programa tendrá una duración inicial de seis meses, con posibilidad de prórroga. 
  • La tarifa de energía no cambia por la implementación del programa. 

EN ENERTOTAL TE MANTENEMOS INFORMADO

En Enertotal queremos que conozcas de forma clara cómo funciona la Resolución CREG 101 120 de 2026, sus modificaciones y las implicaciones que puede tener sobre tu consumo de energía.

Consulta tu meta individual de consumo y más información sobre el programa en nuestro Portal de Ahorro Eficiente:

Portal de Ahorro Eficiente de Enertotal

Para conocer todas las condiciones, excepciones y disposiciones regulatorias, consulta directamente la información oficial de la CREG:

Consultar la Resolución CREG 101 126 de 2026 en la página oficial de la CREG

La información presentada tiene carácter informativo. La aplicación del programa está sujeta a las condiciones, excepciones y demás disposiciones establecidas en las Resoluciones CREG 101 120 y CREG 101 126 de 2026, así como en las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.


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